DÍA MUNDIAL DE LOS OCÉANOS: Crean Reserva Nacional Dorsal de Nasca pero permitiendo la pesca industrial en su interior - Oceana Peru
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DÍA MUNDIAL DE LOS OCÉANOS: Crean Reserva Nacional Dorsal de Nasca pero permitiendo la pesca industrial en su interior

junio 7, 2021

Ubicación: Peru

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• En el año del Bicentenario y en el Día Mundial de los Océanos no hay nada que celebrar.

• El Perú ha perdido una oportunidad histórica de crear un área realmente protegida que garantice el futuro de este tesoro submarino para las generaciones venideras.

En el Día Mundial de los Océanos, que se conmemora cada 08 de junio, los peruanos no tenemos nada que celebrar luego que el gobierno peruano publicó el último fin de semana el Decreto Supremo 008-2021 MINAM que establece la Reserva Nacional Dorsal de Nasca (RNDN), la primera área natural protegida exclusivamente marina del Perú, pero permitiendo la pesca industrial y la realización de actividades extractivas en su zona de protección estricta, lo cual va en contra de todos los estándares internacionales y de los objetivos de conservación del área protegida.

“No tenemos nada que celebrar, esta decisión es un paso hacia atrás para la conservación en el Perú” dijo la vicepresidenta de Oceana en Perú, la Dra. Patricia Majluf.

De acuerdo con el artículo 112 del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas del Perú, está prohibida la extracción de mayor escala de recursos hidrobiológicos, ya sea marina o continental, dentro de las Áreas Naturales Protegidas, cualquiera sea su nivel; lo que se condice con los estándares internacionales sobre el manejo de áreas marinas protegidas de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN).

Asimismo, se está dejando expuestas a las especies marinas como las tortugas, peces, aves y otros mamíferos a la interacción con la pesca industrial.

“Lamentablemente, en lugar de aprovechar una oportunidad histórica de crear un área realmente protegida que garantice el futuro de este tesoro submarino para las generaciones venideras de peruanos, el gobierno decidió proteger los intereses de la industria pesquera”, dijo Patricia Majluf.

Perú es uno de los países líderes pesqueros en el mundo, pero tenemos serios rezagos en la protección de la biodiversidad marina. Una Reserva Nacional Dorsal de Nasca con protección efectiva hubiera sido un gran paso para corregir este retraso histórico, y además nos permitiría incrementar la superficie marina protegida del país a cerca de 8%. Desafortunadamente, el Decreto Supremo que la crea deja en claro que la prioridad ha sido atender los temores de la industria pesquera y no la protección de los ecosistemas de la Dorsal de Nasca.

Por su parte, Juan Carlos Riveros, Director Científico de Oceana Perú señala que el argumento esgrimido por el MINAM para autorizar las actividades pesqueras de mayor escala en la RNDN se basa en reconocer los “derechos pesqueros” previos. “Esta interpretación está abierta a discusión, pero de ninguna manera pueden anteponerse a la función tutelar del Estado sobre el patrimonio natural del país”, enfatizó.

Hace unos días más de 20 organizaciones de la sociedad civil emitieron un pronunciamiento donde advierten que permitir la pesca industrial en un área protegida es ilegal. “Los permisos de pesca no otorgan derechos absolutos sobre el mar, que es de todos los peruanos y cuya conservación debe primar sobre intereses particulares. Por ello, si de forma excepcional se permitiera la pesca de mayor escala, esta debe limitarse a aquellos que tengan derechos preexistentes; es decir, que cuenten con un permiso de pesca vigente otorgado de forma previa al establecimiento del área, además, de acreditar haber realizado actividad extractiva en la zona y siempre que no se afecte el objeto de conservación de la Reserva Nacional”, señalaron en el pronunciamiento conjunto.

Aunque desde el gobierno se insiste en que durante el proceso de elaboración del Plan Maestro del área se introducirán las salvaguardas esperadas, el texto del Decreto Supremo 008-2021 MINAM deja serias dudas sobre la potestad del Servicio de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP) para hacer los cambios requeridos. Más aún cuando de manera inusual se está incluyendo al Ministerio de la Producción como miembro del Comité de Gestión de la nueva área protegida y condicionando a su conformidad cualquier modificación en la zonificación de la misma. Desde la sociedad civil se evalúan diversas acciones para hacer frente a este despropósito en varios frentes, tanto a nivel nacional e internacional, para dejar en evidencia la limitada voluntad del Estado Peruano para proteger efectivamente la diversidad marina del país.

“Advertimos que la creación de esta reserva, sin respetar los estándares mínimos, es un retroceso y establece un mal precedente para la protección de nuestro mar y de todo el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas del Perú”, puntualizó Patricia Majluf, vicepresidenta de Oceana en Perú.

DATOS DE INTERÉS:

• El Decreto Supremo N.° 008-2021-MINAM que establece la Reserva Nacional Dorsal de Nasca fue publicado el sábado 05 de junio.

• La Reserva Nacional Dorsal de Nasca tiene una superficie de 62 392,05 km2. Se ubica al sur del Perú, a más de 100 km frente a la costa del departamento de Ica.

• En el área se han reportado la presencia de al menos 12 especies de importancia comercial como son la pota, perico, bonito, jurel, caballa, tiburón azul, pez espada, atún de aleta amarilla, entre otras.

• En la actualidad la actividad pesquera principal dentro de la RNDN es la pesquería de atún a cargo de la flota de bandera extranjera.