Consultoría | Evaluación del nivel de implementación de la Ley 30884, Ley que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables - Oceana Peru
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Consultoría | Evaluación del nivel de implementación de la Ley 30884, Ley que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables

septiembre 8, 2021

Ubicación:

Contacto:

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Antecedentes:
OCEANA es una organización internacional sin fines de lucro, dedicada exclusivamente a la protección de los mares mediante diversas campañas que abordan desde la promoción de las energías limpias y la creación de Áreas Marinas Protegidas hasta la recuperación de pesquerías. Llevando a cabo campañas estratégicas destinadas a proteger los hábitats marinos y las diferentes formas de vida que albergan los océanos; reducir la pesca incidental y el consecuente descarte de especies marinas; prevenir el colapso irreversible de los stocks pesqueros y disminuir la contaminación marina.

OCEANA participa de forma activa en el debate para regular el consumo y distribución de plásticos de un solo uso, ya que se requiere un cambio de hábitos, el compromiso de las empresas y un marco regulatorio que reduzca sus impactos en el medio ambiente y la salud pública.

En diciembre de 2018, el Congreso de la República aprobó la Ley 30884, Ley que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables. Esta norma marca un antes y un después en la forma como se aborda el problema de la contaminación por plásticos en el país. Posteriormente, en agosto de 2019, el Ministerio del Ambiente aprobó el reglamento de la citada ley, mediante Decreto Supremo 006-2019-MINAM.

La referida norma estableció una serie de medidas de aplicación progresiva para reducir la contaminación por plásticos de un solo uso, entre las que se incluye restricciones que deberán entrar en vigencia el 20 de diciembre de este año.

Objeto de la Consultoría:
Elaborar un reporte sobre los avances en la implementación de la Ley 30884, Ley que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables.

El reporte elaborado por el(la) consultor(a) deberá incluir:

1. Evaluación del nivel de implementación de las medidas aprobadas por la Ley 30884 y su reglamento.
a. Desarrollo de instrumentos para su implementación (reglamentos técnicos, registros, entre otros).
b. Nivel de cumplimiento de las medidas vigentes.
c. Evaluación de condiciones para cumplimiento de las medidas que entrarán en vigencia en diciembre de 2021.

2. Descripción de las principales políticas públicas y/o normas aprobadas desde enero del 2018 a la fecha de inicio de la consultoría (incluidas las de nivel nacional, regional y/o local).

3. Estimación del impacto de la Ley 30884:
a. Impacto en la producción y consumo de plásticos de un solo uso.
b. Impacto en los actores económicos.

Para la verificación del nivel de cumplimiento de las medidas vigentes y la evaluación de condiciones para las medidas aún pendientes de entrar en vigencia, además de información secundaria, el(la) consultor(a) deberá realizar entrevistas, focus group y/o visitas a actores de la industria plástica, establecimientos comerciales, autoridades competentes y otros actores del proceso de aprobación de la ley.

Productos:
Se deberán presentar los siguientes productos:

– Producto 1: Reporte preliminar, a ser entregado a los 60 días de iniciada la consultoría.
– Producto 2: Reporte final, levantando las observaciones y comentarios de Oceana, a ser entregado a los 90 días de iniciada la consultoría.

Las observaciones y/o comentarios al reporte preliminar se realizarán por escrito o durante una reunión en plataforma digital, dentro de los 10 días de recibido.

El consultor se compromete a presentar los resultados de la consultoría en un evento público a ser organizado por Oceana, sin costo adicional.

Plazo:
El contrato de consultoría tendrá una duración de dos (4) meses.

Honorarios:
Al consultor(a) se le pagará un monto fijo a ser determinado de acuerdo a su perfil, de la siguiente forma:

– 20% a la firma del contrato.
– 40% a la aceptación del producto 1.
– 40% a la aceptación del producto 2.

Perfil profesional:
– Profesional egresado ingeniería ambiental o carreras afines al sector ambiental.
– Con experiencia laboral no menor de cinco (5) años.
– Con conocimiento y experiencia en la aplicación de herramientas de investigación cualitativas y cuantitativas.
– Con experiencia en seguimiento y evaluación de políticas públicas.
– Con conocimiento y experiencia en economía circular, gestión integral de residuos sólidos, ecoeficiencia, consumo y producción Sostenible.

Postulaciones:
Los interesados deberán enviar a la dirección electrónica la siguiente información, indicando en el asunto “Consultoría ley plásticos”.

– CV sin documentar.
– Propuesta económica.

Correo: peru@oceana.org

Plazo para enviar solicitud: 17 de setiembre de 2021