mayo 20, 2020
El Acuerdo de Escazú: ¿Por qué urge que entre en vigencia en Perú?
BY: Oceana
Una de las tareas que tiene este nuevo Congreso será aprobar la ratificación del Acuerdo de Escazú, el primer tratado en el mundo que protege a los defensores ambientales. ¿Qué implica este acuerdo para el cuidado del mar peruano y sus recursos?
América Latina y el Caribe, la región más peligrosa para los defensores ambientales en el mundo, es dónde se ha desarrollado un instrumento pionero para la protección ambiental desde un enfoque de derechos humanos. Se trata del Acuerdo de Escazú, el cual mejorará el acceso a la información, participación y justicia en temas ambientales, a la par que establecerá mecanismos para la protección de los defensores ambientales amenazados.
Perú ha sido uno de los primeros países en firmar el denominado Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Setiembre 2018), pero aún hace falta que el Congreso apruebe su ratificación por el Ejecutivo, para que el tratado entre en vigencia y sea vinculante para los Estados que lo suscribieron.
Falta muy poco para que el Acuerdo de Escazú entre en vigencia en la región, se necesita que 11 países lo ratifiquen y en la actualidad ya son ocho estados los que han cumplido con su parte.
En la actualidad, la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso tiene en sus manos el Proyecto de Resolución Legislativa Nro. 4645/2019-PE, que aún está pendiente de debate.
Beneficios para el mar y la pesca
En el sector pesquero peruano la transparencia aún es incipiente, pese a ciertos avances. Este fue una de las grandes conclusiones de un estudio de Oceana realizado en el 2017, dónde el 95% de 202 encuestados del sector opinaron que la transparencia no se ejerce o se ejerce parcialmente en este sector.
Desde Oceana, explicamos qué beneficios traería la vigencia del Acuerdo de Escazú en la pesca y conservación marina.
Acceso a la información pública
En la actualidad no existen disposiciones explícitas para asegurar la transparencia en el sector pesquero ni en la Ley General de Pesca ni en su reglamento. Por ejemplo, el acceso a la información científica es limitado, existe gran cantidad de información generada por el Instituto del Mar del Perú (IMARPE) que no está a disposición del público de forma oportuna, organizada y en formatos accesibles. Lo mismo ocurre con la información sobre la gestión pesquera, la cual no está disponible con regularidad.
El Acuerdo de Escazú, promoverá que el Ministerio de la Producción (PRODUCE) brinde información actualizada sobre los recursos pesqueros y la actividad pesquera de manera oportuna, organizada y sistematizada, y en formatos adecuados que permitan su reproducción y procesamiento (especialmente cuando así se solicite), tales como las estadísticas por especie y por puerto, desembarques, los datos para la estimación de la biomasa, etc.
Asimismo, permitirá que PRODUCE genere información relevante para el ejercicio de sus funciones como los informes sobre el estado de las principales pesquerías del país. También se deberá informar sobre los impactos de las actividades pesqueras en los recursos marinos y el ecosistema. El Acuerdo de Escazú señala que esta información deberá ser publicada y actualizada en un periodo no mayor a 5 años.
Por otro lado, PRODUCE deberá indicar que tipo de información será usada en los procesos de tomas de decisión con participación pública, a la par, deberá señalar que información será considerada de carácter reservado. Cabe recordar que esta obligación ya está estipulada por el reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública, Participación y Consulta Ciudadana en Asunto Ambientales.
Acceso a la participación pública
Actualmente, tampoco existen mecanismos institucionalizados de participación pública en el proceso de toma de decisiones, los cuales registren y valoren adecuadamente la opinión de los actores interesados sobre las decisiones a adoptar en el sector pesca.
A la fecha solo se cuenta con la posibilidad de enviar aportes a los proyectos de normas que contienen medidas de ordenamiento pesquero; sin embargo, no se publican los resultados del proceso participativo lo que no permite conocer los criterios empleados para evaluar y valorar los aportes recibidos.
Tampoco se cuenta con espacios de diálogo institucionalizados para que los interesados sean parte del diseño de soluciones y sepan el por qué se adoptan las medidas desde su etapa de elaboración.
El Acuerdo de Escazú promueve la implementación de mecanismos institucionales para la participación desde la etapa inicial de diseño o revisión de planes, programas, normas, reglamentos, proyectos y actividades que tengan o puedan tener impacto en el ambiente marino y los recursos hidrobiológicos. Una vez vigente, PRODUCE deberá establecer dichos mecanismos y también deberá brindar la información necesaria y con el tiempo necesario para ejercer el derecho a la participación.
Por otro lado, PRODUCE deberá comunicar los fundamentos de las decisiones adoptadas a los participantes del proceso de toma de decisiones, publicar los resultados de la valoración de sus aportes y dar respuesta a cada uno.
El establecimiento de mecanismos de participación pública más inclusivos permitirá un mayor conocimiento y aceptación de las medidas de ordenamiento adoptadas por la autoridad y, de esta manera, se previene la generación de conflictos.
El Acuerdo de Escazú establece estándares mínimos para el ejercicio de los derechos del acceso a la información, la participación y la justicia ambiental y en la gestión de recursos naturales, lo cuales contribuyen al ejercicio de derechos humanos fundamentales como el derecho a la vida, a la integridad y a la salud.
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